7. Derechos del cliente-consumidor

La Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios se basa en el Real Decreto Legislativo 1/2007 que sustituye a la Ley 26/1984 de Defensa de los Consumidores. Esta ley se considera como marco jurídico estatal básico en materia de consumo. En línea con los principios y directrices vigentes en esta materia en la Unión Europea, «aspira a dotar a los consumidores y usuarios de un instrumento legal de protección y defensa». Sus objetivos son:

  • Establecer, sobre bases firmes y directas, los procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios.
  • Disponer del marco legal adecuado para favorecer un desarrollo óptimo del movimiento asociativo en este campo.
  • Declarar los principios, criterios, obligaciones y derechos que configuran la defensa de los consumidores y usuarios y que, en el ámbito de sus competencias, habrán de ser tenidos en cuenta por los poderes públicos en las actuaciones y desarrollos futuros en el marco de la doctrina asentada por el Tribunal Constitucional.

Pensamos que aún existen lagunas legislativas que cubrir y demasiados desequilibrios en las relaciones entre empresas y consumidores, por ello es importante hacer valer nuestros derechos como consumidores y reclamar cuando sea preciso, a pesar de estar más sensibilizados con el tema.

La cultura como cliente-consumidor es una asignatura que todavía se tiene pendiente en la actualidad, y solo a través de las instituciones y organismos de protección correspondientes se pueden realizar las posibles reclamaciones. Lógicamente, el primer paso es acudir a la compañía para realizar la reclamación y, tan solo si no recibimos la adecuada respuesta a nuestra queja, intervienen otros estamentos entre los que destacamos las OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor), la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), etc.